- garantía
- ► sustantivo femenino1 Acción y resultado de asegurar por algún medio el cumplimiento de lo que se ha convenido entre dos o más personas, o de que una cosa sucederá como se ha previsto:■ firmaron un documento como garantía del pacto acordado.2 Cosa que ofrece a una persona la seguridad de que lo previsto o convenido sucederá:■ dejó como garantía su reloj.3 COMERCIO Documento en que consta la obligación que contrae un vendedor con un comprador para compensarlo si el producto adquirido resulta defectuoso en un período de tiempo determinado:■ el dependiente selló la garantía del televisor.4 Tranquilidad que inspira una persona o cosa:■ es un profesional de garantía.FRASEOLOGÍAgarantía crediticia COMERCIO Seguro contra la falta de pago.garantías constitucionales POLÍTICA Derechos que la constitución de un estado reconoce y asegura a todos los ciudadanos.
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1 («Dar, Ofrecer») f. *Seguridad proporcionada por alguien o algo de que ocurrirá o habrá o de que ocurre o hay cierta cosa: ‘El gobierno ha dado garantías de que no habrá alteraciones del orden público. Esta cuerda no ofrece garantías de resistencia’.2 («Ser») Cosa que tiene poder para proporcionar esa seguridad: ‘Eso es una garantía de éxito’. ⊚ Cosa que sirve para garantizar el cumplimiento de una obligación o compromiso de alguien o para asegurar a alguien en un derecho: ‘Se deja una prenda para garantía del pago’. Se puede construir con un adjetivo posesivo que representa a la persona a quien beneficia la garantía: ‘Para garantía tuya debes hacer que firme un compromiso escrito’. ⊚ Específicamente, acción de asegurar por cierto tiempo el buen resultado de una cosa que se vende, por ejemplo de un reloj, y documento en que consta.3 («Con, De»; sing. o pl.) Circunstancias de una persona o una cosa por las que se puede *confiar en ellas: ‘Una persona de garantías. Una marca de garantía’.Garantías constitucionales. *Derechos que la constitución de un Estado establece para todos los ciudadanos.V. «suspensión de las garantías constitucionales».⃞ CatálogoArra[s], cablieva, caución, dita, fianza, peindra, peño, péñora, *prenda, recaudo, rehén, saneamiento, satisdación, *seguridad, seguro, seña, señal. ➢ *Resguardo, salvaguarda, salvaguardia. ➢ Precinto, sello. ➢ Denominación de origen. ➢ Aval, conocimiento. ➢ Abonar, adverar, afiar, afiuciar, arraigar, asegurar, atregar, avalar, dar [o sacar] la cara por, enfiar, salir fiador, fiar, fiuciar, salir garante, garantir, garantizar, poner las manos en el fuego por, *responder por, salir responsable, sanear. ➢ *Empeñar, *hipotecar, pignorar. ➢ Autenticar, autentificar, autorizar, averar, bastantear, certificar, *legalizar, legitimar, reconocer, refrendar. ➢ Cubrirse. ➢ Excusión. ➢ Manero, subsidiario. ➢ Bajo la palabra de.* * *
garantía. (De garante). f. Efecto de afianzar lo estipulado. || 2. Fianza, prenda. || 3. Cosa que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad. || 4. Seguridad o certeza que se tiene sobre algo. Lo hizo con la garantía de que no se producirán complicaciones. || 5. Compromiso temporal del fabricante o vendedor, por el que se obliga a reparar gratuitamente algo vendido en caso de avería. || 6. Documento que garantiza este compromiso. || \garantías constitucionales. f. pl. Derechos que la Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos. || de \garantía, o de \garantías. locs. adjs. Que ofrece confianza. □ V. suspensión de \garantías.* * *
► femenino Acción y efecto de afianzar lo estipulado.► Fianza, prenda.► Cosa que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad.► ley de garantía HISTORIA Ley dictada en Italia (1871) para regular las relaciones entre el Vaticano y el Gobierno.► garantías constitucionales DERECHO Y POLÍTICA Derechos que la Constitución de un Estado reconoce a todos los ciudadanos.* * *
En el derecho europeo continental y en América latina, mecanismo legal encaminado a asegurar el cumplimiento de las obligaciones propias o ajenas.Según la forma en que aseguran los derechos del acreedor, las garantías se pueden dividir en personales y reales. Las personales se caracterizan porque el acreedor dispone de otro patrimonio, además del patrimonio del deudor, para perseguir el cumplimiento de la obligación, como en la solidaridad pasiva, la fianza y la cláusula penal. Las garantías reales se caracterizan porque afectan determinados bienes, muebles o inmuebles, al cumplimiento de la obligación. Ellas otorgan al acreedor el derecho de perseguir en manos de los terceros el bien dado en garantía y de pagarse preferentemente con el producto del remate. Las garantías reales más importantes y típicas son la prenda y la hipoteca. See also caución.
Enciclopedia Universal. 2012.